Publicado en Diario La Ley, Nº 9373, Sección Tribuna, 8 de Marzo de 2019, Wolters Kluwer.
La mediación o cualquier proceso restaurativo puede tener lugar en cualquier momento del procedimiento penal. En igual medida puede llevarse a cabo en la fase de ejecución de la sentencia y, en concreto, durante la estancia de la persona penada en el centro penitenciario en el que se esté cumpliendo condena o en el centro de inserción social si ya está en fase de semi-libertad. Y este es el momento procesal en el que, por ahora, la Asociación para la mediación, el Encuentro y la Escucha (AMEE) ha decido focalizarse a la hora de implementar programas de Justicia Restaurativa.
Los objetivos primordiales del programa que como asociación venimos desarrollando se refieren a dos ámbitos concretos: Por un lado, la Asociación tiene como objetivo la consecución de «Encuentros Restaurativos» entre las personas penadas, y que se encuentran cumpliendo su condena o bien en el Centro Penitenciario o en el Centro de Inserción Social, y las víctimas de sus delitos. Esto es, cuando la persona penada ha cometido un hecho delictivo con víctima concreta, promover el encuentro entre ambos, o —para el caso de no poder producirse el encuentro entre autor y víctima directa de sus hechos— entre ellos y una víctima no vinculada a ese autor, pero igualmente víctima de unos hechos similares.
Entre los objetivos de estos encuentros está que la víctima pueda expresarse respecto del daño y sufrimiento vividos por el delito cometido, y ello, no ante cualquier persona, sino ante el autor de ese daño. Además de ello, otro de los objetivos de dichos encuentros, radica, como decíamos antes, en que el autor del delito se responsabilice ante la víctima por los hechos cometidos, empatice con el dolor causado y procure desde ahí una reparación del daño, acaso únicamente una reparación moral o emocional, pero inequívocamente de un valor incalculable en términos de reparación social y prevención de la reincidencia.
También se desarrollan desde el mismo programa los «Encuentros Restaurativos» cuando no existe una víctima concreta del delito cometido. Ello, por ejemplo en los delitos cometidos contra la salud pública, o en los delitos contra la seguridad vial, delitos en los cuales a la persona penada le suele costar más asumir una responsabilidad por el daño causado, entre otros factores, porque no es capaz, inicialmente, de encontrar una víctima concreta de sus hechos.
La justicia ordinaria se ocupa de determinar si, de acuerdo a la verdad plasmada en el proceso penal, la persona imputada por unos hechos efectivamente los ha cometido, y si así fue, se le impone una pena por ello. Posteriormente, se ocupará también de ejecutar la pena impuesta en sentencia. Y ello, debe seguir siendo así, para salvaguardar la convivencia pacífica en sociedad, mientras no aprendamos a hacerlo de manera diferente.
Los procesos de Justicia Restaurativa aportan beneficios inequívocos a la víctima del delito
Los programas de justicia restaurativa ayudan a recordar (y en una medida llevan a efecto) que una de las finalidades constitucionalmente reconocidas de la pena privativa de libertad es la reeducación y reinserción de la persona a la que se le impone dicha pena. También, en los últimos tiempos el legislador, por ejemplo, con el Estatuto de la Víctima, ha recogido la necesidad de impulsar procesos de Justicia Restaurativa como procesos que aportan beneficios inequívocos a la víctima del delito.
Los Encuentros Restaurativos son llevados a cabo por miembros de la asociación tras un largo trabajo a nivel grupal e individual con el autor de los hechos delictivos y tras un trabajo también realizado con la víctima de los hechos, ya sea con la víctima vinculada o con una víctima no vinculada de esos hechos delictivos. Sólo tras muchas horas de trabajo de responsabilización con el autor de los hechos se plantea la posibilidad de contactar con la víctima (vinculada o no vinculada). Después se acomete un trabajo inicial individualizado con la víctima de los hechos. Y sólo cuando la víctima se encuentre preparada para ello, se procederá al Encuentro (conjunto) Restaurativo.
- ¿QUÉ LE IMPULSA A UNA PERSONA PENADA A RESPONSABILIZARSE POR EL DELITO COMETIDO Y A DESEAR PEDIR PERDÓN POR ELLO?
Desde la Asociación para la Mediación, el Encuentro y la Escucha (AMEE) hemos hecho durante estos años una experiencia que consideramos representativa de lo que sucede en un ser humano (consciente) tras la comisión de un hecho delictivo.
En esos procesos interiores de responsabilización resulta altamente llamativo cuán grande es la necesidad de pedir perdón. Ello sucede no en todos los casos de personas penadas, ni mucho menos, pero en los casos en los que la persona se ha responsabilizado, es muy habitual que nazca el deseo de reparar y de pedir perdón. Y es que, cuando uno ha comprendido y «visto» el daño causado, cuando uno ha sido capaz de darse cuenta del daño en toda su dimensión, tiene la necesidad de compensar aquél daño, de reparar a la víctima, de aportar a la sociedad con bien. Una necesidad inmensa de que la víctima del delito deje de concebirle como un monstruo, una sed irrefrenable de recuperación del propio rostro humano frente a la mirada de quien fue su víctima. En definitiva, un deseo sincero como pocos de ayudar a que pueda ser recuperada la propia dignidad perdida por el crimen cometido desde la mirada de aquél a quien se ofendió y maltrató.
Cuando uno se da cuenta del daño causado, necesita decirse a sí mismo y a los demás que esa persona que actuó dañando es mucho más que sólo eso, es mucho más que el autor de un delito, mucho más que una persona en su día procesada y penada y y que se encuentra cumpliendo dicha pena en un centro penitenciario o en un centro de inserción social por el delito cometido. Necesita mostrarse a sí misma y a los demás, a la víctima y a la sociedad, que es un ser humano digno, un ser humano que se equivoca, que se arrepiente por el daño causado, porque lo ha visto, y que pide perdón por ello. Y que además tiene la necesidad profunda de compensar ese daño en la medida de sus posibilidades. Ello puede ser pagando la responsabilidad civil, y de cualquier otra manera que tenga sentido para ambas partes.
Cuando el delito que se ha cometido no tiene víctima concreta, por ejemplo, porque se ha cometido un delito contra la salud pública, la responsabilización por el delito cometido sucede igualmente a nivel interior. Diferente es, únicamente, la manera de reparar el daño causado. En estos delitos sin víctima concreta hemos abierto vías de reparación que pasan, como siempre, por aportar un bien a aquél entorno al que se causó daño.
Hemos trabajado en el proceso interior de responsabilización con personas penadas que han cometido delitos contra la salud pública, o delitos contra la seguridad vial. En el primero de los tipos delictivos, contra la salud pública, la sola vida en prisión, conviviendo con personas consumidoras de drogas o estupefacientes les ha llevado a algunos de ellos a ver el deterioro que estas sustancias producen en el ser humano, los severos daños que causan y la irreversibilidad de un alto número de dichas lesiones. Parece mentira, pero la vida en prisión para muchos ha sido la primera ocasión en que han tocado la realidad devastadora de la droga de cerca.
Conocer la realidad del mundo de la droga en prisión les ha llevado al proceso interior de responsabilización y de arrepentimiento por el daño causado
El haber conocido esa realidad del mundo de la droga en prisión, algo que muchos desconocían, les ha llevado al proceso interior de responsabilización y de arrepentimiento por el daño causado.
Estos procesos que se siguen con las personas infractoras evitan en gran medida la reincidencia, y no puede haber mayor valor e interés social que procurar que el delincuente no reincida, no tanto por miedo a la consecuencia penal (sin quitar valor en absoluto al elemento disuasorio que conlleva), sino por encontrar el delito ya como incompatible con su nuevo esquema de valores y su reencuentro empático con los otros y con el valor de la propia dignidad.
Traemos aquí un testimonio de uno de los participantes en el proceso: E.G.G. nos escribe lo siguiente a la pregunta «¿Qué supondría para ti pedir perdón a la víctima?: «El hecho de poder sentarme frente a la persona a la que hice daño, sería un gran paso para mí. No solo podría expresar de primera mano mi sentimiento de culpa, de error y de arrepentimiento, sino también a nivel personal, sería una manera de perdonarme a mi mismo, de reconocer frente a él que me equivoqué. Que me arrepiento de no haber podido controlar la situación y de no haber sido capaz de actuar de manera más madura.
No sé si él querrá perdonarme, ni siquiera se si querrá escucharme, pero poder expresar lo que siento, lo que arrastro desde hace tanto tiempo, me ayudaría a crecer como persona. Me gustaría decirle que no soy la persona de aquél día, que no soy malo, intento obrar y actuar siempre de la mejor manera posible y de corazón.
Me gustaría escuchar lo que tuviera que decirme para ponerme en su lugar, y que él también supiera que para mí fue una dura lección, que todo este tiempo me ha servido para reflexionar y aprender.
Sé que no sólo le hice daño a él, ambos tenemos familia y también me hice daño a mí mismo. Expresarme y pedir perdón no cambiará el pasado, pero me ayudará a mejorar mi presente y mi futuro. Decirle que lo siento, que lo siento de verdad, que me equivoqué, y que he intentado aprender de mis errores. Que soy otra persona.»»
Son estos testimonios, como parte muy menor dentro de lo que vivimos en el desarrollo del proyecto, lo que nos hace seguir adelante. Y cómo no, la convicción de que las personas que siguen y completan estos procesos incorporan en su vida el aprendizaje de que delinquir no tiene sentido pues se destruye infinitamente más de lo que puede llegar a alcanzarse a corto plazo.
Pero no sólo esto, sino también el poder acompañar a las víctimas concretas de estos y otros delitos. Ese acompañamiento intuimos que tampoco será sencillo, pero nos anima, entre otros, el acompañamiento a víctimas no vinculadas, así como la experiencia vivida por otros proyectos pioneros en España, a los que desde aquí nuevamente mostramos todo nuestro reconocimiento y agradecimiento.
Y es que es muy alentador despertar cada día con la confianza y la vivencia puesta en que en los momentos de crisis el ser humano desde su capacidad de transformación y de crecimiento y desde el sentirse acompañado, es capaz de conectar con su ser y renacer a la vida aportando bien, como necesidad humana sustancial.
- SIGUIENTES PASOS NECESARIOS A REALIZAR PARA QUE DE VERDAD NOS ENCONTREMOS IMPULSANDO UNA JUSTICIA RESTAURATIVA QUE ACOMPAÑE A LAS VÍCTIMAS
En la implementación de los principios de la Justicia Restaurativa uno de los objetivos fundamentales es el apoyo a la víctima. Y ello, dándole voz, animándole a expresar sus necesidades. Gracias a este apoyo se les permite participar en el proceso de resolución, se les ofrece asistencia y se les facilita su empoderamiento, como proceso por el cuál fortalecen sus capacidades, su confianza, su visión y su protagonismo para impulsar cambios positivos en las situaciones vividas.
En la justicia ordinaria raramente nos encontraremos con las necesidades de la víctima satisfechas. La necesidad de acogida, reparación, pérdida de miedos, desmontaje de falsas interpretaciones o victimizaciones secundarias crónicas no encuentran el marco procesal para ser escuchadas y atendidas. Por eso, la Justicia Restaurativa, al reconocer a la víctima, devolverle el protagonismo que merece y velar por la cobertura de sus necesidades, presenta un enorme potencial de sanación para curar sus heridas, ampliando de paso las funciones asignadas al sistema penal mediante la inclusión de la reparación del daño en todas sus modalidades: patrimonial, simbólica, emocional.
Desde el primer momento en el que desde la Asociación deseamos acompañar en la implementación de la Justicia Restaurativa hemos recibido en todas las instancias de la Institución Penitenciaria mucha sensibilidad, apertura y apoyo. Y ello, tanto por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, como por los directivos y técnicos del Centro Penitenciario al que nos hemos acercado, Madrid I, así como por los directivos y técnicos de los Centros de Inserción Social de Navalcarnero y Alcalá de Henares y de Valladolid en los que también venimos desarrollando el programa. También nos hemos encontrado con personas penadas que deseaban sentirse acompañados en el proceso restaurativo de responsabilización por el delito cometido, así como en el proceso de reparación del daño causado ante la víctima del delito y ante la sociedad.
Donde nos estamos encontrando serias dificultades es en el contacto con las víctimas de los delitos.
Con toda la honestidad, lamentablemente, hasta ahora no hemos logrado contactar con víctimas directas de delitos. Creemos que las dificultadas han venido por un lado, porque la vía de acceso, que hasta ahora era el Juzgado de Ejecuciones Penales, no accedía a ello —entendemos que por falta de normativa al respecto, o por inseguridad—, por otro lado, porque habiendo accedido el titular del Juzgado de Ejecuciones a la apertura del expediente de mediación, en lugar de ser nosotros como asociación los que informáramos a la víctima de la cualidad del proceso restaurativo, eran los propios funcionarios del Juzgado (con absoluto desconocimiento de lo que es un proceso restaurativo) quienes le planteaban a la víctima la posibilidad. No resulta extraño que en ese contexto de desconocimiento e inseguridad, las víctimas no consientan ni siquiera a la sesión informativa sobre el proceso restaurativo.
Sin embargo, creemos que es una cuestión de tiempo. Creemos estar en un momento importante previo a la elaboración de protocolos de actuación en el ámbito de la ejecución penal que permitan que el contacto con la víctima del delito sea más sencillo.
Necesitamos que la víctima confíe en el proceso restaurativo
A la vez, necesitamos que la víctima confíe en el proceso restaurativo. Y para ello es necesaria la formación tanto a los magistrados y jueces de los juzgados de ejecuciones penales, como a los fiscales y a los letrados y otros funcionarios de la administración de justicia. Los principios de la justicia restaurativa deben ser conocidos y desde ahí, aplicados. Para ello es necesario que una información adecuada llegue a las víctimas.
Creemos que también sería necesaria la implicación directa de la Oficina de Asistencia a las Víctima recogida en el Estatuto de la Víctima. Y ello, porque se recoge que la mencionada Oficina realizará funciones en materia de Justicia Restaurativa. Así deberá:
- a) Informar a la víctima de las diferentes medidas de justicia restaurativa
- b) proponer al órgano judicial la aplicación de la mediación penal cuando lo considere beneficioso para la víctima
- c) Realizar actuaciones de apoyo a los servicios de mediación extrajudicial.
Desde la Oficina de Asistencia a las Víctimas se nos ha dicho que la implicación va a ser por su parte real y efectiva. Tenemos confianza en que así será para que entre todos podamos apostar por completar el proceso ofreciéndole a la víctima ese proceso restaurador que pudiera aportar a la sanación de heridas. Pero no cabe duda de que para pasar del deseo a la realidad, se necesitan más medios y más sensibilización general en todas las instancias.
Y mientras tanto, estamos llevando a cabo Encuentros Restaurativos entre agresores arrepentidos y víctimas no vinculadas a ellos, pero que en su día fueron víctimas de otros autores por hechos similares.
Cierto es que como víctima de un delito el encuentro con el autor del mismo que se arrepiente por los hechos y desea reparar el daño causado tiene un valor mucho mayor que si el encuentro se produce con el autor de un hecho similar contra otra persona. Y ello, pues no es lo mismo escuchar el arrepentimiento de la persona que causó el daño, que escucharlo de otra persona que no tuvo nada que ver con el daño directo que se le causó como víctima. Y a la vez, creemos que con este tipo de encuentros no vinculados también se sanan muchas heridas en ambas partes.
Estamos teniendo experiencias muy enriquecedoras para las partes. También creemos que participar en este proceso restaurativo es muy sanador para los ciudadanos «ajenos» al conflicto, que se acercan a «comprender», que no justificar, la vivencia del agresor y el daño sufrido por la víctima. Y también para las autoridades que participan en la prevención y protección frente al delito.
Traigo aquí el testimonio de una mujer policía municipal de Madrid, Noelia Cañizares, quien se encontró con una mujer M. P. L. Condenada por un delito de robo en casa habitada y un delito de atentado a la autoridad. «Acudo a una cita, con cierta desgana, con una sensación de qué pinto yo aquí, pero con mucha curiosidad, voy a reunirme con una presa, con una delincuente, una más del día a día de mi trabajo.
Y lo primero que me encuentro es una mujer aseada, bien vestida y temblando, emocionada, que me mira con temor y a la que apenas le salen las palabras.
Yo me siento tranquila, creo que nada de lo que me cuente me va a sorprender, no sé si seré capaz de abrir mi corazón y contarle lo que pasa por mi mente, por mi corazón, por mi alma cuando la ciudadana, la madre de familia, la esposa, la hija, la mujer que soy se pone el uniforme y tiene que lidiar con personas que se dedican a delinquir.
Según nos vamos quitando capas, me doy cuenta de que no somos tan diferentes
Y si, me decido a contarle mis miedos, los miedos de mi familia que ante todo quieren que vuelva a casa, que cumpla con mi deber pero que salga ilesa. Y según nos vamos quitando capas, me doy cuenta de que no somos tan diferentes, y que el desconocimiento de esas semejanzas, nos hace mirarnos con prejuicios y eso no nos permite tener la oportunidad de evolucionar.
Y una vez que acaba la sesión, siento que Maritza se siente descargada de culpa, porque ha podido contar su historia, su verdad sin ser juzgada, y yo me siento libre, satisfecha de poder mostrar que soy Policía pero ante todo soy persona.
Ha sido una experiencia muy grata, he visto la otra cara de la delincuencia y la «delincuencia» ha visto la otra cara de la Policía, algo necesario para prevenir conductas delictivas y para humanizar unas relaciones que, por el entorno en el que se desarrollan, aíslan y deshumanizan a los que las viven».
Desde aquí invitamos a toda persona que haya sufrido un daño causado por un hecho delictivo a que pueda contactar con nosotros (www.asociacionamee.org) / (info@asociacionamee.org) de cara a poder tener el acompañamiento necesario para su dolor y sufrimiento, así como para poder vivenciar, en su caso, y si así lo desea, la experiencia de los «Encuentros Restaurativos» con personas penadas responsabilizadas y arrepentidas por el daño causado.
Pilar González Rivero
Presidenta de la Asociación para la Mediación, el Encuentro y la Escucha (AMEE) Jurista y mediadora
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